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Bizum y tarjetas: lo que Hacienda ya sabe de tus clientes

Desde febrero 2026 los bancos reportan a Hacienda todos los cobros con tarjeta y Bizum de empresarios y autónomos, sin umbral mínimo. Guía práctica para asesorías.

Daniel Vega13 de mayo de 20267 min
Persona usando el móvil para realizar un pago electrónico con terminal de punto de venta

Si alguno de tus clientes cobra con tarjeta o Bizum, Hacienda ya tiene sus datos. Desde el 1 de febrero de 2026, los bancos envían a la Agencia Tributaria un informe mensual con todos los cobros electrónicos recibidos por empresarios y autónomos. Sin umbral mínimo. Sin excepción por importe.

El cambio lleva meses preparándose. La AEAT lo publicó en noviembre de 2025. Pero la mayoría de asesorías y sus clientes no lo han interiorizado todavía, y ese desfase es el riesgo real cuando lleguen las comparaciones trimestrales.

Qué cambió exactamente en febrero de 2026

Hasta 2025, los bancos informaban a la AEAT una vez al año sobre los cobros con tarjeta que superaban los 3.000 euros anuales por comerciante. Un autónomo que cobró 2.500 euros en todo el año con Bizum no aparecía en ningún informe automático.

La actualización de obligaciones informativas financieras publicada por la AEAT en noviembre de 2025 cambia dos cosas concretas:

  1. Frecuencia mensual: los bancos ya no esperan al cierre del año. Cada mes entregan a Hacienda el resumen del mes anterior.
  2. Sin umbral mínimo: cualquier cobro queda incluido. Un autónomo que cobró 40 euros con Bizum en febrero aparece en el informe de febrero.

Los primeros informes, correspondientes a febrero de 2026, ya están en manos de la AEAT. Hacienda lleva meses acumulando datos de cobros de tus clientes.

Hasta 2025 Desde 2026
Frecuencia del informe Anual (enero siguiente) Mensual
Umbral por comerciante 3.000 euros anuales Sin umbral
Canales reportados Tarjeta TPV Tarjeta + Bizum + plataformas de pago
Velocidad del cruce En campana anual A los 60 dias del trimestre

Qué datos concretos tiene ya Hacienda

No es un dato genérico de "ha cobrado X euros con tarjeta". El informe mensual que recibe la AEAT incluye:

  • NIF/CIF, nombre y domicilio fiscal del receptor
  • Número de comercio y terminales TPV vinculados
  • Importes cobrados desglosados por canal: tarjeta de crédito, débito, Bizum y otras plataformas de pago
  • Cuentas bancarias a las que se abonaron los cobros
  • Desglose mensual

Cuando el cliente presenta su modelo 303 o su modelo 130, el sistema de la AEAT ya tiene los datos del banco con los que cruzar. Una discrepancia relevante entre lo declarado y lo cobrado es detectable en menos de 60 dias desde que se produce.

0 €

Nuevo umbral (antes 3.000 €)

Mensual

Frecuencia del informe (antes anual)

Feb 26

Primer informe ya entregado

60 dias

Para detectar discrepancias trimestrales

Quién queda fuera: el Bizum entre particulares

Aquí hay confusión y vale la pena aclararlo antes de que los clientes pregunten. La obligación afecta a los contratos de empresa o de autónomo con las entidades financieras, no a las cuentas corrientes personales.

Algunos casos concretos:

  • Autónomo que cobra con Bizum vinculado a su cuenta de autónomo: está dentro. Sus cobros se reportan.
  • Pequeño negocio con TPV en mostrador: está dentro desde siempre. El cambio es la frecuencia y la eliminación del umbral.
  • Dos particulares que se pagan una cena por Bizum: fuera. No se reporta.
  • Autónomo que usa su Bizum personal para cobrar servicios: zona gris. Si la entidad identifica el patrón como actividad profesional, puede incluirlo. Y Hacienda tiene otras vías de cruce.

El Ministerio de Hacienda publicó una nota aclaratoria en diciembre de 2025 precisamente para despejar esta confusión: el criterio es el tipo de contrato con la entidad, no el canal ni la cantidad cobrada.

El riesgo concreto para los clientes de tu asesoría

El cruce de datos es directo: lo que la AEAT recibe del banco frente a lo que el cliente ha declarado. Si un autónomo cobró 6.000 euros con tarjeta y Bizum en el primer trimestre, esa cifra estaba en el sistema de Hacienda antes del 20 de abril. Cuando presentó su modelo 303 con 4.500 euros de base imponible, la diferencia es visible de forma automática.

Las discrepancias no se resuelven solas. Hacienda puede iniciar:

  • Requerimiento de información: carta pidiendo que justifiques la diferencia entre lo cobrado y lo declarado.
  • Comprobación limitada: revisión de periodos concretos sin llegar a inspección formal.
  • Procedimiento de comprobación e investigación: si la discrepancia es relevante o reiterada.

Merece atención especial el caso de los autónomos en módulos (estimación objetiva). Si sus cobros electrónicos superan los rendimientos que el módulo permite imputar, Hacienda tiene ahora una base de datos para cuestionar si el régimen sigue siendo aplicable o si los ingresos reales superan los límites.

Qué debe hacer tu asesoría ahora mismo

Cinco acciones concretas que tienen sentido hacer en las próximas semanas:

  1. Identifica qué clientes cobran con tarjeta o Bizum. Si no tienes esa información, pregunta. Añádelo como campo en el proceso de alta de nuevos clientes.
  2. Revisa que están declarando la totalidad de sus ingresos. Si tienes clientes con una brecha entre lo que te entregan y lo que la AEAT puede ver, ese problema aterriza en tu despacho también. La conversación hay que tenerla ahora, no cuando llegue el requerimiento.
  3. Detecta autónomos en módulos con cobros electrónicos relevantes. Si los cobros del banco superan lo que los módulos permiten, la discrepancia es verificable desde febrero. Evalúa si conviene pasar a estimación directa antes de que Hacienda lo fuerce.
  4. Comunica el cambio a tus clientes de forma proactiva. Un correo breve explicando que desde 2026 Hacienda recibe sus datos de cobro cada mes vale mucho mas que explicárselo cuando llegue la carta. Te posiciona como el que avisa antes de que pase nada.
  5. Actualiza el proceso de revisión trimestral. Antes de presentar el modelo 303, contrasta los cobros del banco con la base imponible declarada. Si no coinciden, investigar antes de firmar.

Si en tu asesoría procesáis los extractos bancarios de los clientes con AutoApunte, el cruce de datos entre cobros y declaraciones puede hacerse de forma sistemática, sin esperar al trimestre. El sistema detecta los movimientos con concepto de ingreso profesional y los asocia a la actividad del cliente. Ese tipo de visibilidad continua es exactamente lo que este cambio normativo hace necesario.

Revisa los cobros de tus clientes antes de que lo haga Hacienda

AutoApunte cruza extractos bancarios con declaraciones de forma automatica. Detecta discrepancias antes del trimestre.


Fuentes: AEAT - Actualizacion de obligaciones informativas financieras 2026 (noviembre 2025) - Nota aclaratoria del Ministerio de Hacienda sobre pagos por Bizum (diciembre 2025) - Consejo General de Gestores Administrativos: "Nuevas obligaciones informativas AEAT Bizum 2026" - Real Decreto 1065/2007 (Reglamento General de Actuaciones Tributarias) - Ley 58/2003 (Ley General Tributaria).

Preguntas frecuentes

¿Qué datos concretos recibe Hacienda de los cobros con Bizum?+

El informe mensual incluye: NIF/CIF y nombre del receptor, número de comercio, terminales de pago usados, importes cobrados desglosados por canal (tarjeta, Bizum, plataformas) y cuentas bancarias vinculadas. No es un dato genérico sino un desglose completo por mes.

¿Afecta al Bizum personal que usan muchos autónomos para cobrar?+

Depende de qué cuenta esté vinculada. Si el Bizum está asociado a una cuenta con contrato de autónomo o empresa, la entidad financiera está obligada a informar. Si está vinculado a una cuenta puramente personal, queda fuera de esta obligación, aunque Hacienda puede cruzar datos por otras vías.

¿Desde cuándo están llegando estos datos a la AEAT?+

Los bancos empezaron a enviar informes mensuales el 1 de febrero de 2026 para los cobros de ese mismo mes. Hacienda lleva desde entonces acumulando datos mes a mes. Los informes de febrero, marzo y abril de 2026 ya han sido entregados.

¿Puede Hacienda iniciar una comprobación solo porque los datos no coincidan?+

Sí. Si los cobros electrónicos reportados por el banco no cuadran con lo declarado en los modelos 130, 303 o en el IRPF, la AEAT puede iniciar un requerimiento de información, una comprobación limitada o un procedimiento de investigación según la magnitud de la discrepancia.

¿Tiene esto algún efecto en los autónomos en módulos?+

Es especialmente relevante para ellos. Si un autónomo en estimación objetiva cobra más por tarjeta y Bizum de lo que el módulo permite imputar, la discrepancia es verificable mes a mes. Hacienda puede usar esos datos para cuestionar si el régimen de módulos es aplicable o si los rendimientos reales superan los límites.

¿Hay algún importe mínimo a partir del cual se informa?+

No. El umbral de 3.000 euros que existía hasta 2025 ha desaparecido. Desde febrero de 2026 se reportan todos los cobros electrónicos recibidos por empresarios y profesionales, independientemente del importe.

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